Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Cultura
Categoría normativa: Leyes
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LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN A LA IGLESIA PARROQUIAL DE TOTOGALPA

LEY N°. 281, aprobada el 10 de diciembre de 1997

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 18 del 28 de enero de 1998

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO:

La siguiente:

LEY QUE DECLARA PATRIMONIO HISTÓRICO Y CULTURAL DE LA NACIÓN A LA IGLESIA PARROQUIAL DE TOTOGALPA

Artículo 1.- Declárase a la Iglesia Parroquial de Totogalpa Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación.

Artículo 2.- El Estado asignará en el Presupuesto General de la República, las partidas necesarias para la conservación de este monumento histórico y colonial y de su valiosa estructura arquitectónica.

Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dada en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y siete. - IVÁN ESCORBAR FORNO. - PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL. - CARLOS GUERRA GALLARDO. - SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL.

Téngase como Ley de la República. Publíquese y ejecútese. Managua, doce de Enero de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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