Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir, Sistema de Administración Financiera, Salud
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL VICEMINISTRO GENERAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) UN CONTRATO DE PRÉSTAMO POR UN MONTO DE CUARENTA Y TRES MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 43, 000,000.00)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 77-2020, aprobado el 04 de agosto de 2020

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 145 del 06 de agosto de 2020

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere
la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) un Contrato de Préstamo por un monto de Cuarenta y Tres Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 43,000,000.00), para financiar el Proyecto "Respuesta Inmediata de Salud Pública para Contener y Controlar el Coronavirus y Mitigar su Efecto en la Prestación del Servicio en Nicaragua". El mencionado Proyecto será ejecutado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el apoyo técnico y estratégico del Ministerio de Salud.

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la suscripción del Contrato de Préstamo referido en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día cuatro de agosto del año dos mil veinte. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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