Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(ADHESIÓN DEL INSTITUTO INTERNACIONAL AMERICANA DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA)

ACUERDO PRESIDENCIAL NO. 2 Aproaba el 23 de Abril de 1948

Publicado en La Gaceta No.93 del 3 de Mayo de 1948

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

Considerando:


Que en el II Congreso Americano del Niño celebrado en Montevideo en 1919, se propuso la creación de una Oficina Internacional Americana de Protección a la Infancia, que se le dio forma en el IV Congreso Panamericano del Niño celebrado en Santiago de Chile en 1924, donde fueron aprobados los primeros Estatutos y modificación de la designación de la Organización llamándole Instituto Internacional Americano de Protección a la Infancia, fijando la ciudad de Montevideo como cede del Instituto.

Considerando:

Que el Instituto se ha venido desarrollando progresivamente con el concurso de los países americanos que se han adherido, cumpliendo con los nobles fines que se trazado,

Considerando:

Que la Conferencia Interamericana sobre Problemas de la guerra y de la Paz, celebrada en México en 1945, recomendó la adhesión al Instituto de los países que aún no lo habían hecho y siendo Nicaragua uno de esos países.

Acuerda:

Primero.- Adherirse al Instituto Internacional Americano de Protección a la Infancia, cuya cede es la ciudad de Montevideo y someter esta adhesión al conocimiento del Congreso Nacional para los fines constitucionales.

Segundo:- Comunicar esta adhesión a la Cancillería de la República Oriental de Uruguay y al Instituto Internacional Americano de Protección a la Infancia, de acuerdo con el Artículo 1º de los Estatutos.

Tercero:- Esta adhesión surtirá sus efectos a partir del primero de julio próximo.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., veintitrés de Abril de mil novecientos cuarenta y ocho.- V.M.ROMAN.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la Ley, Oscar Sevilla Sacaza.

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