Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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AUTORIZACIÓN AL EJECUTIVO PARA CONTRATAR PRÉSTAMO CON
BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

DECRETO No. 1407, Aprobado el 23 de Noviembre de 1967

Publicado en La Gaceta No. 283 del 12 de Diciembre de 1967
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 1407

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo, para que por medio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o del funcionario en quien éste delegare, suscriba en nombre del Gobierno de Nicaragua con el Banco Centroamericano de Integración Económica, un préstamo hasta por la cantidad de Un Millón Seiscientos Diez Mil Dólares para el financiamiento de la Reconstrucción del Tramo de Carreteras Portezuelo - Las Mercedes. Este préstamo se pagará en veinte (20) años, de los cuales cuatro (4) años son de gracia , en treinta y dos (32) cuotas semestrales, iguales y consecutivas, comenzando la primera cuatro años y medio después de firmado el Contrato. El Gobierno reconocerá intereses del 5¼% anual sobre lo adeudado cada seis meses, mientras no se haya cancelado, los cuales principiará a pagar a los seis meses del primer desembolso.

Artículo 2.- La presente autorización comprende la facultad de firmar todos los documentos que fuere preciso en la tramitación del contrato y aceptar las cláusulas y condiciones para él requeridas, así como de incluir en los correspondientes Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento oportuno de las obligaciones contraídas.

Artículo 3.- El presente Decreto comenzará a regir desde su publicación en “La Gaceta” Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D. N., veintitrés de Noviembre de mil novecientos sesenta y siete. - (f) Adolfo Martínez Talavera, Presidente, (f) Alejandro Romero Castillo, D. S., (f) Fernando Zelaya Rojas, D. S. - Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado, Managua, D. N., 29 de Noviembre de 1967. (f) Cornelio Hueck, S. P., (f) Pablo Rener, S. S., (f) Ernesto Chamorro Pasos, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial, Managua, D. N., Treinta de Noviembre de Mil Novecientos Sesenta y Siete.- “Año Rubén Darío”. - (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) General Gustavo Montiel, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
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