Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DIRECTOR GUILLERMO JOSÉ GONZÁLEZ, DEL (SINAPRED), PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), CONVENIO DE AYUDA DE EMERGENCIA Y POR DESASTRES NATURALES A FAVOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, BAJO LA MODALIDAD NO REEMBOLSABLE, POR LA SUMA DE QUINIENTOS MIL DÓLARES (US$500,000.00), MONEDA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 159-2022, aprobado el 08 de noviembre de 2022

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 212 del 11 de noviembre de 2022

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unidad Nicaragua Triunfa.
ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 159-2022,

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro Director Guillermo José González González (Conocido también como Guillermo José González), del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Convenio de Ayuda de Emergencia y por Desastres Naturales a favor de la República de Nicaragua, bajo la modalidad no reembolsable, por la suma de Quinientos Mil Dólares (U$$500,000.00), moneda de Estados Unidos de América, autorizados por el Director del BCIE mediante Resolución N°. DI-153/2022 de fecha 17 de octubre del 2022, en apoyo a los esfuerzos que el Gobierno de Nicaragua está realizando para atender los efectos desencadenados por el paso del Huracán Julia, la cual será ejecutada por SINAPRED.

Artículo 2. La Certificación de este acuerdo acreditará la representación del Ministro Director Guillermo José González González (Conocido también como Guillermo José González), del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED), para la suscripción del Convenio de Ayuda de Emergencia y por Desastres Naturales a favor de la República de Nicaragua, bajo la modalidad no reembolsable referido en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Artículo 3. El Presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día ocho de noviembre del año dos mil veintidós. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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