Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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MODIFICAR (ACUERDO PRESIDENCIAL No. 133-94)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 173-94, Aprobado el 28 de Julio de 1994

Publicada en La Gaceta No. 148 del 09 de Agosto de 1994
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA:

Artículo 1.- Modificar el Arto. 1 del Acuerdo Presidencial No. 133-94 del 3 de Junio de 1994, mediante el cual se designó al Banco Central de Nicaragua (BCN) como Agente Financiero de la República de Nicaragua, para suscribir y ejecutar con el Fondo de Inversiones de Venezuela (FIV) un Contrato Modificatorio al Préstamo No. C13-NI-06-255 por US $13,320,000.00, para financiar la adquisición de bienes y servicios venezolanos requeridos en el Proyecto Geotérmico “El Hoyo Monte Galán”. Esta nueva modificación es en el sentido de que con los recursos del préstamo se podrá financiar la adquisición de bienes y servicios venezolanos necesarios para los Proyectos Geotérmicos “El Hoyo Monte Galán” y “Campo Geotérmico Momotombo”.

Otras modificaciones relevantes aprobadas por el FIV se refiere al plazo y al período de gracia de este préstamo que pasan de doce (12) años con tres (3) de gracia, a diez (10) años con dos (2) de gracia. El plazo de amortización y el período de gracia se acortaron en vista de que el Contrato de Préstamo original fue suscrito en el año 1992 pero su ejecución se iniciará a partir del año 1994.

Artículo 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiocho días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cuatro. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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