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ELÉVASE A LA CATEGORÍA DE CIUDAD, AL ACTUAL PUEBLO DE MOYOGALPA, DEPARTAMENTO DE RIVAS
DECRETO LEGISLATIVO N°. 2242, aprobado el 19 de mayo de 1999
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 103 del 01 de junio de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo Nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1.- Elévase a la categoría de ciudad, al actual pueblo de Moyogalpa, cabecera municipal del mismo nombre, Departamento de Rivas.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diecinueve días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y nueve. ÓSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley. VÍCTOR MANUEL TALAVERA HUETE, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, treinta y uno de Mayo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.