Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(SE PONE EN CIRCULACIÓN UNA NUEVA EMISIÓN DE BILLETES CÓRDOBAS)

ACUERDO No. 10, Aprobado el 08 de Septiembre de 1942

Publicado en La Gaceta No. 194 del 10 de Septiembre de 1942

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En vista de que el Banco Nacional de Nicaragua, con fecha 31 de Agosto ppdo., informó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público haber recibido de la American Bank Note Company un paquete conteniendo billetes de Cien Córdobas (C$ 100.00) c/u en total de cinco mil y por valor de Quinientos Mil Córdobas ($ 500,000.00); que esta cantidad de billetes está comprendida en la emisión de Seis Millones (C$ 6,000,000.00), autorizada por Decreto Ejecutivo de 2 de Diciembre de 1941 No. 68; y de conformidad con el acta No. 213 de 2 de Septiembre del año en curso, levantada en el Banco Nacional de Nicaragua y trascrita al Ministerio de Hacienda por el señor Presidente del Tribunal de Cuentas, en la que se da a conocer que el paquete de la referencia estaba en debida forma.
ACUERDA

Artículo 1.- De conformidad con el Arto. 1º inciso a) párrafo 1º del Arto. 2º y Arto. 3º del mencionado Decreto de 2 de Diciembre de 1941, pónese en circulación, desde esta fecha, la cantidad de cinco mil (5.000.00) billetes de cien córdobas cada uno (C$ 100.00), numerados del 000001 al 005.000, serie 1941, con un valor total de Quinientos Mil Córdobas (C$ 500,000.00).

Artículo 2.- Estos billetes llevarán las mismas dimensiones, firmas, colores, alegorías y demás particulares ya expresadas en el mencionado Decreto.

Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D. N., 8 de Septiembre de 1942. A. SOMOZA. El Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público. J. R. Sevilla.
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