Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE CANCELACIONES DE PERSONALIDADES JURÍDICAS

DECRETO A. N. N°. 8767, aprobada el 26 de agosto de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 162 del 30 de agosto de 2021

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO A. N. N°. 8767

DECRETO DE CANCELACIÓN DE PERSONALIDADES JURÍDICAS

Artículo 1 Objeto Cancélese la Personalidad Jurídica de las entidades siguientes:

1. "Instituto Nicaragüense de Investigación y Educación Popular" (INlEP), con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A.N. Nº. 215, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 73 del 16 de abril de 1990, y del domicilio de Managua;

2. Asociación Soya de Nicaragua (SOYNICA), con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 332, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 183 del 25 de septiembre de 1990, y del domicilio de Managua;

3. Acción Médica Cristiana, con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 310, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 178 del 18 de septiembre de 1990, y del domicilio de Managua;

4. Asociación "Colectivo de Mujeres de Matagalpa", con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 186, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 68 del 05 de abril de 1990, y del domicilio de Matagalpa;

5. Asociación Instituto Centroamericano de Integración Social (ICIS), con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 3869, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 145 del 27 de julio del 2004, y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua;

6. Asociación "Centro de Estudios para la Gobernabilidad y Democracia" "CEGODEM" con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 4999, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 75 del 23 de abril del 2007, y con domicilio en la ciudad de Managua;

7. "Federación de Organismos No-Gubernamentales de Nicaragua" (ONG - NICARAGUA), con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 103, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 62 del 28 de marzo de 1990, y del domicilio de Managua;

8. Fundación Diakonia Nicaragua, "FUNDACIÓN DIAKONIA", con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 4005, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 10 del 14 de enero del 2005, y con domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua;

9. Fundación Entre Volcanes, con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 776, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 119 del 27 de junio de 1994, y con domicilio en la Ciudad de Managua;

10. Fundación Médicas Nicaragüense Dra. Concepción Palacios (FUMEDNIC), con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto Nº. 1346, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 13 5 del 18 de julio de 1996, y del domicilio en la Ciudad de Managua;

11. Fundación Mejía Godoy, con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 1429, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 142 del 30 de julio de 1996, y del domicilio en la Ciudad de Managua;

12. Fundación "XOCHIQUETZAL", con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 224, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 74 del 17 de abril de 1990, y del domicilio de Managua;

13. Asociación Instituto de Investigaciones y Gestión Social (INGES), con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 1327, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 135 del 18 de julio de 1996, y del domicilio de la Ciudad de Managua;

14. Asociación de Mujeres de Jalapa contra la Violencia Oyanka - Jalapa, OYANKA, con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 2050, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 204 del 29 de octubre de 1998, y del domicilio en el Municipio de Jalapa; y

15. Federación Red Nicaragüense por la Democracia y el Desarrollo Local, (RED LOCAL); con personalidad jurídica aprobada por la Asamblea Nacional a través del Decreto A. N. Nº. 4824, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 229 del 24 de noviembre del 2006, con domicilio en la Ciudad de Managua, Departamento de Managua.

Todas estas entidades sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad especificada para cada una de ellas en los Decretos A. N. de otorgamiento de Personalidad Jurídica.

El Departamento de Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro, que a tal efecto lleva el Ministerio de Gobernación, deberá proceder a la cancelación de la inscripción respectiva de cada entidad enumeradas en este Artículo en un plazo no mayor de setenta y dos horas y sin costo alguno, poniendo en conocimiento al representante legal de cada una o quien haga las funciones de tal para que procedan a la entrega de los libros de ley, el sello de la entidad y demás documentos que pudiera requerir la autoridad, así mismo, deberá notificar al resto de autoridades relacionadas.

Artículo 2 Destino de bienes y acciones

Los bienes y acciones que pertenezcan a las entidades relacionadas en el Artículo 1, tendrán previa liquidación, el destino previsto en el Acto Constitutivo o en su Estatuto. Si nada se hubiera dispuesto sobre ello, estos pasaran a ser propiedad del Estado, conforme la ley de la materia.

Artículo 3 Derogación Derogase los Decretos A. N.

siguientes: 1. Decreto A. N. Nº. 215, aprobado el 03 de abril de 1990, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 73 del 16 abril de 1990, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada "Instituto Nicaragüense de Investigación y Educación Popular" (INIEP);

2. Decreto A. N. Nº. 332, aprobado el 19 de abril de 1990, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 183 del 25 de septiembre de 1990, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Asociación Soya de Nicaragua, (SOYNICA);

3. Decreto A. N. Nº. 310, aprobado el 05 de abril de 1990, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 178 del 18 de septiembre de 1990, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada "Acción Médica Cristiana";

4. Decreto A. N. Nº. 186, aprobado el 30 de marzo de 1990, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 68 del 05 de abril de 1990, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Asociación "Colectivo de Mujeres de Matagalpa";

5. Decreto A. N. Nº. 3869, aprobado el 27 de abril del 2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 145 del 27 de julio del 2004, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Asociación Instituto Centroamericano de Integración Social (ICIS);

6. Decreto A. N. Nº. 4999, aprobado el 20 de febrero del 2007, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 75 del 23 de abril del 2007, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada "Asociación Centro de Estudios para la Gobernabilidad y Democracia", "CEGODEM";

7. Decreto A. N. Nº. 103, aprobado el 13 de marzo de 1990, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 62 del 28 de marzo de 1990, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada "Federación de Organismos No-Gubernamentales de Nicaragua" (ONG -NICARAGUA);

8. Decreto A. N. Nº. 4005, aprobado el 21 de octubre del 2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 10 del 14 de enero del 2005, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Fundación Diakonia Nicaragua, "FUNDACIÓN DIAKONIA";

9. Decreto A. N. Nº. 776, aprobado el 10 de mayo de 1994, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 119 del 27 de junio de 1994, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Fundación Entre Volcanes;

10. Decreto A. N. Nº. 1346, aprobado el 27 de mayo de 1996, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 135 del 18 de julio de 1996, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Fundación Médicas Nicaragüenses Dra. Concepción Palacios (FUMEDNIC);

11. Decreto A. N. Nº. 1429, aprobado el 26 de junio de 1996, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 142 del 30 de julio de 1996, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Fundación Mejía Godoy;

12. Decreto A. N. Nº. 224, aprobado el 03 de abril de 1990, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 74 del 17 de abril de 1990, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada "Fundación XOCHIQUETZAL";

13. Decreto A. N. Nº. 1327, aprobado el 27 de mayo de 1996, publicado en La Gaceta, Oficial Nº. 135 del 18 de julio de 1996, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Asociación Instituto de Investigaciones y Gestión Social (INGES);

14. Decreto A. N. Nº. 2050, aprobado el 22 de septiembre de 1998, publicado en La Gaceta, Oficial Nº. 204 del 29 de octubre de 1998, y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Asociación de Mujeres de Jalapa contra la Violencia Oyanka - Jalapa, OYANKA; y

15. Decreto A. N. Nº. 4824, aprobado el 28 de septiembre del 2006, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 229 del 24 de noviembre del 2006 y con el cual obtuvo la personalidad jurídica la entidad denominada Federación Red Nicaragüense por la Democracia y el Desarrollo Local (RED LOCAL).

Artículo 4. Publicación y Vigencia El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil veintiuno. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primer Secretaria Asamblea Nacional.
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