Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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[AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), EL CONTRATO DE PRÉSTAMO PARA FINANCIAR PARCIALMENTE EL “IV PROYECTO DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CARRETERAS” EJECUCIÓN A CARGO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA (MTI)]

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 29-2012, aprobado el 13 de febrero de 2012
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 30 del 15 de febrero de 2012

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Contrato de Préstamo No. 2074 por un monto de Cincuenta Millones de Dólares (US$50,000,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, para financiar parcialmente el “IV Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento de Carreteras”, ejecución a cargo del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la suscripción del Contrato de Préstamo No. 2074, referido en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, a los trece días del mes de Febrero del año dos mil doce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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