Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales
Categoría normativa: Orden de la Asamblea Nacional Constituyente
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Enlace a Legislación Relacionada

ORDEN DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DE 4 DE AGOSTO DE 1823, PARA QUE EN TODA COMUNICACIÓN OFICIAL, SE USE ANTES DE LA FECHA, DE LA FÓRMULA: DIOS, UNIÓN, LIBERTAD, EN LUGAR DE LA ANTIGUA: DIOS GUARDE A U. MUCHOS AÑOS

Aprobado, 04 de agosto de 1823

Código de la Legislación de la República de Nicaragua, Libro Tercero. De la Rocha, Jesús

La Asamblea nacional, atendiendo a que es conveniente que el estilo de la correspondencia oficial se uniforme con el que han adoptado los pueblos independientes de América, i deseando que hasta en él se vean consignados los primeros votos de la nación, tuvo a bien acordar en sesión de esta fecha, que se sustituyan las palabras, DIOS, UNIÓN, LIBERTAD, a las de Dios guarde a U. muchos años, de que se usaba antes de la fecha conforme a las leyes de España.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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