Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN DE LA MUJER NICARAGÜENSE (FUNIC-MUJER)

DECRETO A.N. N°. 455, aprobado el 15 de noviembre de 1991

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 43 del 04 de marzo de 1992

Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación de la Mujer Nicaragüense “F. M. N.”.

DECRETO A. N. No. 455

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado

El siguiente

Decreto:

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Fundación de la Mujer Nicaragüense (F.M.N.), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2.- La representación Legal de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio de Gobernación.

Arto. 3.- La Fundación de la Mujer Nicaragüense (F.M.N.), estará obligada al cumplimiento de la Ley de concesión de Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los quince días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y uno.- Alfredo César Aguirre, Presidente de la Asamblea Nacional.- Fernando Zelaya Rojas, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, once de Diciembre de mil novecientos noventa y uno.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.

Observación: En la publicación de la La Gaceta, Diario Oficial N°. 106 del 06 de junio de 2000, se publico la Fe de Errata en donde se corrige las siglas de la Fundación de la Mujer Nicaragüense "F.M.N", Debiendo Leerse FUNIC-MUJER).
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