Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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RATIFICAR ACUERDO

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 235-93, Aprobado el 20 de Octubre de 1993

Publicado en La Gaceta No. 200 del 22 de Octubre de 1993

El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus facultades,

ACUERDA:

Artículo. 1.- Ratificar el “Acuerdo de Pago y su Adendum de Deuda” suscritos el 14 de Julio de 1993 por el Banco Central de Nicaragua (BCN), representado por su Presidente el Doctor José Evenor Taboada Arana, en representación del Gobierno de Nicaragua como Agente Financiero del mismo y el Gobierno de Cuba y el Banco Nacional de Cuba, representados ambos por el señor Héctor Rodríguez Llompart, Ministro Presidente del Banco Nacional de Cuba (BNC). La deuda condonada y el saldo reestructurado se origina de operaciones cursadas al amparo de los Protocolos Comerciales y no Comerciales entre ambos países, correspondientes al período del año mil novecientos ochenta y dos al año mil novecientos noventa y tres en el marco del Convenio de Compensación con Cuba.

Artículo. 2.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veinte días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y tres.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.-
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