ACUERDO, REFORMANDO EL ARTICULO 3º DEL ACUERDO GUBERNATIVO DE 21 DE MAYO DE 1866
ACUERDO PRESIDENCIAL, 11 de Enero de 1872
Código de la Legislación de la República de Nicaragua. De la Rocha, Jesús
EL GOBIERNO:
Con presencia del acuerdo celebrado por la honorable Municipalidad de Granada solicitando se reduzca á un 5 % el honorario asignado al Tesorero municipal de aquella ciudad en atención al mayor incremento que han tomado sus fondos, i á que deben procurarse todas las economías posibles, con el fin de emprender varias mejoras locales que se necesitan en aquella población: considerando justas las razones en que apoyan esta solicitud; en uso de sus facultades. ACUERDA:
1°.El Tesorero municipal de la ciudad de Ganada desde el presente mes inclusive en adelante, llevará por honorario el cinco por ciento, deducido del producto mensual de los ingresos.
2º Que da reformado en esta parte el artículo 3º del acuerdo gubernativo de 21 de mayo de 1866.
Comuníquese – Managua, enero 11 de enero 1872 ‐ Quadra.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado