Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(RATIFICACIÓN CONVENIO DE CRÉDITO DE FOMENTO No. 3456-NI. ENTRE NICARAGUA Y LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO (AIF)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°.188-2001, Aprobado el 25 de Junio de 2001

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 122 de 28 de Junio de 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1.- Ratificar el Convenio de Crédito de Fomento No. 3456-NI, suscrito el 24 de enero del 2001, por el Embajador de la República de Nicaragua en Washington, Doctor Alfonso Ortega Urbina, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, con la Asociación Internacional de Fomento (AIF), hasta por un monto de cuatro millones de Derecho Especiales de Giro (DEG 4,000.000.00) equivalentes aproximadamente a cinco millones, ciento ochenta y dos mil dólares (US$5,182.000.00).

Artículo 2.- Con estos recursos se persigue financiar el Proyecto de Competitividad, Aprendizaje e Innovación a ser ejecutado por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC).

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticinco de junio año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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