Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Abrir Gaceta
-
COMPLEMENTO DE TIEMBRE FISCALES

ACUERDO MINISTERIAL No. 27-92. Aprobado el 28 de Septiembre de 1992.

Publicado en La Gaceta No. 243 del 22 de Diciembre de 1992.

EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.

En uso de sus facultades,

ACUERDA:

PRIMERO: Se autoriza un complemento de resello de Timbres Fiscales " Año 1992" de diferente denominación con un valor de C$ 1,685,000 (Un Millón Seiscientos Ochenta y cinco Mil Córdobas Netos), conforme el siguinte detalle:

CANTIDAD
DENOMINACIONES
TOTAL
40,000
Timbre del valor de C$ 1.00 C/U C$ 40,000.00
10,000
Timbre del valor de C$ 2.00 C/UC$ 20,000.00
50,000
Timbre del valor de C$ 5.00 C/UC$ 250,000.00
75,000
Timbre del valor de C$ 10.00 C/UC$ 750,000.00
25,000
Timbre del valor de C$ 25.00 C/UC$ 625,000.00
200,000
Suman:
C$ 1,685,000.00

SEGUNDO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, a los dieciocho días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y dos.- Lic. Martha Palacios.- Ministro de Finanzas en funciones.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.