Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE EN REPRESENTACIÓN DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), UN CONTRATO DE PRÉSTAMO QUE FINANCIA EL "PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR TRANSPORTE III")

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 183-2013, Aprobado el 27 de Agosto del 2013

Publicado en La Gaceta No. 164 del 30 de Agosto del 2013

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) un Contrato de Préstamo por un monto de Noventa y Un Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US $ 91,500,000.00), que financia el “Programa de Apoyo al Sector Transporte III” el cual será ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) y el Fondo de Mantenimiento Vial (FOMAV).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para la suscripción del Contrato de Préstamo relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veintisiete de agosto del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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