Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Reglamentos
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REFORMA AL REGLAMENTO DE LA LEY DE IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO NETO

Reg. No. 4551 de 12 de Julio 1984

Publicado en La Gaceta,Diario Oficial N°. 146 de 31 de Julio 1984

Reg. No. 4551 - R/F 267047 - C$ 325.00

EL MINISTRO DE FINANZAS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le otorga el Artículo 17 del Decreto No. 1251, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No 107 del 11 de Mayo de 1983, y sus reformas,

Dicta:

La siguiente reforma al Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Patrimonio Neto


Artículo 1.- Refórmase parcialmente el Reglamento de la Ley de Impuesto sobre Patrimonio Neto del 15 de Junio de 1983, publicado en La Gaceta, No. 141 del 21 de Junio del mismo año, de conformidad con las siguientes disposiciones:


Artículo 2.- El Artículo 7 se leerá así:

"Arto. 7.- Tampoco se computarán en el activo del extranjero, los créditos otorgados por personas naturales o jurídicas extranjeras a plazos menores de tres años, concedidos a personas o empresas nicaragüenses para actividades agropecuarias o para industrias que procesen productos agropecuarios o farmacéuticos. (Artículo 3, numeral 11, acápite f, Ley I.P.N.)."

Artículo 3.- El Artículo 25 se leerá así:

"El Arto. 25.- Para los efectos del I.P.N., período fiscal, ejercicio fiscal, año fiscal, o año gravable, es el comprendido entre el 1o. de Julio de cada año y el 30 de Junio del año subsiguiente, salvo los casos especiales".

Artículo 4.- El artículo 26 se leerá así:

"El Arto. 26.- En lo referente a casos especiales en todos aquellos artículos de la Ley y/o Reglamento en que se hace referencia a las fechas 30 de Junio, 30 de Septiembre y 31 de Marzo, se entenderán sustituidas por los correspondientes del período fiscal autorizado".

Artículo 5.- Este Reglamento entrará en vigencia desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los doce días del mes de Julio de mil novecientos ochenta y cuatro.- "A Cincuenta Años ... Sandino Vive"! - Joaquín Cuadra Chamorro, Ministro de Finanzas.
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