Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2421/BL-NI, SUSCRITO POR LA EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (ENATREL) ENTIDAD DEL ESTADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 6206, aprobado el 01 de diciembre de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 243 del 21 de diciembre de 2010

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acta No. 02 del día treinta de septiembre del 2010, la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) entidad del Estado de la República de Nicaragua, suscribió el 1 de noviembre del año 2010 el Contrato de Préstamo No. 2421/BL-NI con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de Cuatro Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$4,500,000.00).

II

Que mediante el Contrato de Préstamo anteriormente relacionado el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le otorga a la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) entidad del Estado de la República de Nicaragua un Contrato de Préstamo No. 2421/BL-NI por un monto de cuatro millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 4,500,000.00) para financiar los sobrecostos del "Proyecto Sistema Interconexión Eléctrica para los Países de América Central (SIEPAC) -Financiamiento Adicional", para el cual la República de Nicaragua suscribió Contrato de Garantía.

III

Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el BID son concesionales y están en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2010, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 134 del 17 de julio del año 2009, a los objetivos propuestos en La Estrategia Nacional de Deuda Pública 2008-2011, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 115 del 18 de junio del año 2008, y a lo establecido en la Ley No. 477, "Ley General de Deuda Pública" y su Reglamento, artículo 50, numeral 3.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente;

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2421/BL-NI, SUSCRITO POR LA EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (ENATREL) ENTIDAD DEL ESTADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

Artículo 1 Se aprueba el Contrato de Préstamo No. 2421/BL-NI suscrito el 1 de Noviembre del año 2010, por la EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (ENATREL), entidad del Estado de la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de Cuatro Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$4,500,000.00), para financiar los sobrecostos del Proyecto Sistema Interconexión Eléctrica para los Países de América Central (SIEPAC), el que será ejecutado por la Empresa Propietaria de la Red .S.A. (EPR) de la cual forma parte la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, el primero de diciembre del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
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