Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(HANSE POR CLAUSURADAS LAS SESIONES ORDINARIAS DEL CONGRESO NACIONAL)

DECRETO No. 58, Aprobado el 18 de Diciembre de 1952

Publicado en La Gaceta No. 293 del 22 de Diciembre de 1952

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO No. 58

EL CONGRESO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, EN CÁMARAS UNIDAS,

DECRETA:

Único: Hánse por clausuradas las presentes sesiones ordinarias del Congreso Nacional en sus segundo período constitucional.

Dado en el salón de Sesiones del Congreso en Cámaras Unidas. Managua, D. N., 18 de Diciembre de 1952. LUIS MANUEL DEBAYLE, Presidente. FANOR TÉLLEZ LACAYO, Secretario. G. QUINTANILLA, Secretario.

Por Tanto: Publíquese. Casa Presidencial. Managua, D.N., 18 de Diciembre de 1952. A. SOMOZA, Presidente de la República. M. SALMERÓN, Ministro de la Gobernación.
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