Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Turismo
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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PRIVATIZACIÓN DEL COMPLEJO TURÍSTICO MONTELIMAR

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 102-93, aprobado el 05 de mayo de 1993

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 86 del 10 de mayo de 1993

PRIVATIZACIÓN DEL COMPLEJO TURÍSTICO MONTELIMAR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

l

Que el crecimiento de la industria turística y hotelera es de importancia sensitiva dentro del programa de reactivación de la economía nacional.
II

Que mediante la adecuada promoción y mercadeo turístico de nuestras bellezas naturales el turismo constituirá factor generador de divisas y empleos, con el consecuente beneficio para el país.
III

Que es necesario impulsar acciones que promuevan la inversión de los recursos necesarios en el sector, que redunden en el desarrollo del potencial turístico del país.
IV

Que entre estas acciones se encuentra la de privatizar el "Complejo Turístico Montelimar" mediante su venta, arriendo u otra forma de negociación con personas o entidades de trayectoria en la industria turística a nivel internacional, sólidamente establecidas desde el punto de vista financiero y con importantes relaciones con los operadores de turismo de renombre internacional.
V

Que a esos efectos la Junta General de Corporaciones del Sector Público (CORNAP) ha presentado a la consideración de la Presidencia de la República la resolución CLXXII-7 del 18 de Febrero de 1993.
Por Tanto

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO:

El siguiente Acuerdo de:

PRIVATIZACIÓN DEL COMPLEJO TURÍSTICO MONTELIMAR

Artículo 1.- Apruébase la propuesta presentada a la Presidencia de la República por la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), en relación a la privatización de los bienes bajo control y administración del Estado por medio de la Empresa Hoteles Internacionales, Sociedad Anónima (HOTELINSA), que conforman el denominado "Complejo Turístico Montelimar", en los términos de la resolución CLXXII-7 del 18 de Febrero de 1993.

Artículo 2.- Facúltase en consecuencia a la CORNAP a proceder a la negociación y ejecución de la privatización del "Complejo Turístico Montelimar”, conforme la mencionada propuesta y tomando en cuenta lo dispuesto en los siguientes artículos.

Artículo 3.- La Junta General de CORNAP queda autorizada a realizar la determinación de los bienes a privatizarse y las negociaciones, designaciones, delegaciones y demás trámites necesarios o conducentes para este efecto, incluyéndose entre los mismos la desmembración de uno o varios lotes de terreno que fuesen necesarios, de la propiedad matriz original perteneciente a Hoteles Internacionales, S.A. (HOTELINSA) dentro de la cual se encuentran tanto el área ya en operación del mencionado Complejo, como el área por desarrollar.

Artículo 4.- Pero en caso fuese necesario autorízase desde ahora al Procurador General de Justicia a comparecer ante Notario Público en cualquier acto a que se refiere el presente Acuerdo donde fuere necesario su intervención, a fin de firmar los documentos en nombre del Estado para extender aval y garantía a favor del comprador por la evicción y el saneamiento que ordena la ley en los casos de compraventa.

Sirva la certificación del presente Acuerdo y de la toma de posesión del señor Procurador como suficientes documentos habilitantes para acreditar su representación y celebrar los actos correspondientes.

Artículo 5.- El presente Acuerdo surte sus efectos desde esta fecha. Publíquese en el Diario Oficial, La Gaceta.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los cinco días del mes de Mayo de mil novecientos noventa y tres.-VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
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