Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Resoluciones
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(PRORROGAR LAS VIGENCIAS DE LAS RESOLUCIONES No. 253-2010 COMIECO-EX DE 8 DE OCTUBRE DEL 2010)

RESOLUCIÓN No. 329-2013 (COMIECO-LXVI), Aprobado el 12 de Diciembre del 2013

Publicado en La Gaceta No. 47 del 11 de Marzo del 2014

EL CONSEJO DE MINISTROS
DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-, modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002; y 6, 7 y 22 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, es competencia del Consejo de Ministros de Integración Económica dirigir y administrar el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, así como aprobar y modificar los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI), contenidos en el Arancel Centroamericano de Importación;

Que el Consejo adoptó la Resolución No. 253-2010 (COMIECO-EX) de fecha 8 de octubre de 2010, mediante la cual aprobó la modificación en el Arancel Centroamericano de Importación, Anexo Adel Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, únicamente para El Salvador, aumentando los derechos arancelarios a la importación de los sacos de fibra burda, con el objeto de atenuar los efectos que ha ocasionado el incremento de las importaciones de dicho producto en ese país, provenientes de terceros mercados, modificación que vence el 31 de diciembre de 2013;

Que el Gobierno de El Salvador presentó a este Foro una solicitud de prórroga de la Resolución 253-2010 (COMIECO-EX), por un período igual al anterior, con el propósito de continuar implementando acciones que permitan aumentar la producción de fibra burda para la elaboración de sacos y atenuar el impacto de las importaciones de dicho producto, provenientes de países fuera de la región que otorgan subsidios;

Que El Salvador ha manifestado que el cultivo de la fibra burda requiere un largo periodo de producción, desde que se siembra la planta hasta que inicia la producción de la fibra, por lo que solicita prórroga para consolidar diversos proyectos orientados a aumentar las áreas de siembra, brindar asesoría técnica a los productores y garantizar la sostenibilidad de la cadena productiva de la fibra natural,
POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 4, 6, 7, 13, 14, 15, 17, 18, 22 y 23 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y, 1, 3, 5, 6, 10, 15, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-,
RESUELVE:

1. Prorrogar la vigencia de la Resolución 253-2010 (COMIECO-EX) de fecha 8 de octubre de 2010, hasta el 31 de diciembre de 2016.

2. La presente Resolución entrará en vigencia el 1 de enero de 2014 y será publicada por los Estados Parte.

Panamá, República de Panamá, 12 de diciembre de 2013. (f) Anabel González Campabadal. Ministra de Comercio Exterior de Costa Rica. (f) Mario Roger Hernández. Viceministro, en representación del Ministro de Economía de El Salvador. (f) Sergio de la Torre Gimeno. Ministro de Economía de Guatemala. (f) José Adonis Lavaire. Ministro de Industria y Comercio de Honduras. (f) Orlando Solórzano Delgadillo. Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua. (f) Ricardo A. Quijano Jiménez. Ministro de Comercio e Industrias de Panamá.
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