Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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ACLARACIÓN DE SERIE, MONEDA DE PAGO Y MONTO

ACUERDO MINISTERIAL N°. 012-2019, aprobado el 03 de diciembre de 2019

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 243 del 19 de diciembre de 2019

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confieren el artículo 21 de la Ley No. 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", con reformas incorporadas publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 35 del 22 de febrero de 2013; artículos números 21,22,24,32 y 89 de la Ley No. 477, "Ley General de Deuda Pública", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 236 del día 12 de diciembre del año 2003; artículos números 25,26,32,33 y 35 del Decreto No. 2-2004 "Reglamento de la Ley No. 477 "Ley General de Deuda Pública, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 21 del día 30 de enero del año 2004; artículo 1 del Decreto No. 18-2014 Reforma al Reglamento de la Ley No. 477, Ley General de Deuda Pública, Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 65 del 04 de Abril del 2014 y el Acuerdo Ministerial No. 010- 2019, Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 187 del 02 de octubre del 2019.

ACUERDA:

La siguiente:

ACLARACIÓN DE SERIE, MONEDA DE PAGO Y MONTO.

PRIMERO: Que la serie B-25-07-21 y la serie B-25-07-23 creadas en el Acuerdo Ministerial No. 010-2019, Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 187 del 02 de Octubre del 2019. Se aclara conforme al siguiente detalle:

Serie
Aclaración de la Serie
B-25-07-21
B-25-07-21
B-25-07-23
B-25-07-23

SEGUNDO: Que la moneda de pago de la serie B-25-07- 2021 y la serie B-25-07-2023 será en dólares.

TERCERO: Que el monto de la serie B-25-07-2021 y la serie B-25-07-2023 será conforme al siguiente detalle:

Serie
Fecha de Emisión
Fecha de
vencimiento
Moneda
Plazo original
(años)
Tasa de
interés
Valor
Facial
(dólares)
EmisiónPago
B-25-07-21
25-Jul-19
25-Jul-21
Dólares
Dólares
2
8%
8,000,000
B-25-07-23
25-Jul-19
25-Jul-23
Dólares
Dólares
4
8%
40,000,000
Total General Dólares 48,000,000.00

CUARTO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en la Gaceta, Darío Oficial.

Dado en la cuidad de Managua, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. (f) lván Acosta Montalván, Ministro.
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