Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Categoría normativa: Instrumentos Internacionales
Abrir Gaceta
-
INSTRUMENTO DE ADHESIÓN (CONVENIO DE BASILEA SOBRE EL CONTROL DE LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE LOS DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACIÓN)

Aprobado el 15 de Abril de 1997

Publicado en la Gaceta No. 114 del 18 de Junio de 1997

ARNOLDO ALEMAN LACAYO

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARGUA

POR CUANTO

El 22 de Marzo de 1989 fue adoptado en Basilea, Suiza, el Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, compuesto de un preámbulo, 29 artículos y sus anexos.
POR CUANTO

El Poder Ejecutivo en uso de las facultades que le confiere la Ley, adhirió al Convenio de Basilea, por Decreto Número 20-96 del 24 de Septiembre de 1996, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Número 206 del 31 de Octubre de ese mismo año.
POR CUANTO

La Asamblea Nacional aprobó la adhesión de Nicaragua al dicho Convenio de Basilea, por Decreto Número 1601 del 6 de Febrero de 1997 promulgado el 18 de ese mismo mes y año, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, Número 38 del 24 de Febrero de 1997.
POR TANTO

Expido el presente Instrumento de Adhesión, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello de la Nación y Refrendado por Ministro de Relaciones Exteriores, para su depósito en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, N.Y., Estados Unidos de América, de conformidad con el artículo 28 del Convenio.

Dado en la Casa de la Presidencia, Managua,15 de Abril de mil novecientos noventa y siete.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO.- El Ministerio de Relaciones Exteriores, EMILIO ALVAREZ MONTALVAN.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.