DEJAR SIN EFECTO EL ARTO. 1 DEL ACUERDO 11 DE AGOSTO DEL AÑO ANTERIOR.
Aprobado el 22 de Enero de 1917
Publicado en La Gaceta No. 18 del 3 de Febrero de 1917
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
ACUERDA:
1º.- Dejar sin efecto el artículo 1º del acuerdo de 11 de agosto del año anterior por el cual se crea el puesto de Inspector de Higiene Sanidad de esta Capital.
2º.- Anéxase esas funciones al señor Jefe Político del Departamento, quien las ejercerá sin remuneración alguna.
Comuníquese – Managua, 22 de enero de 1917- CHAMORRO – El Ministerio de Policía- Cabrera.