Legislación de Nicaragua
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Enlace al Reglamento:
Categoría normativa: Leyes
Materia: Sistema de Administración Financiera
PRORRÓGANSE DISPOSICIONES SUSPENDIENDO IMPUESTOS RELATIVO A LA LEY DE PLACAS

"NO. 13, Aprobado el 6 de Marzo de 1974

Publicado en La Gaceta No. 64 del 16 de Marzo de 1974

LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO

En uso de las facultades que le confiere el Decreto Legislativo No. 552 del 19 de Diciembre de 1960 (Ley de Placas) y su Reglamento.

DECRETA:

Artículo 1º.- Se prorroga por el presente año de 1974, las disposiciones contenidas en el Decreto Ejecutivo No. 9 de 23 de Marzo de 1973, a excepción del párrafo que dice: "Del Arto. 1º. Las disposiciones que se refieren al empleo de calcomanías".

Artículo 2º.- Esta Ley comenzará a regir a desde esta misma fecha y debe ser publicada en "La Gaceta", Diario Oficial.

Comuníquese: Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, a los seis días de mil novecientos setenta y cuatro. JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. (f) R. MARTÍNEZ L. (f) E. PAGUAGA I. (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) Luis Valle Olivares, Secretario. (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C. P."
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