ACUERDO PARA EL ESTABLECIMIENTO, CON CARÁCTER PERMANENTE Y BAJO LOS AUSPICIOS DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACIÓN, DE UN INSTITUTO FORESTAL LATINOAMERICANO DE INVESTIGACIÓN Y CAPACITACIÓN
DECRETO EJECUTIVO N°. 6, aprobado el 16 de septiembre de 1960
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 221 del 28 de septiembre de 1960
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
DECRETA:
Primero:- Adherise al Acuerdo para el Establecimiento, con carácter permanente y bajo los auspicios de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, de un Instituto Forestal Latinoamericano de Investigación y Capacitación, aprobado por la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, el 18 de Noviembre de 1959.
Segundo:- Expídese el correspondiente Instrumento de Adhesión para ser depositado ante el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y Alimentación, de conformidad con el Artículo XV del mencionado Acuerdo.
Comuníquese .- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, dieciséis de Septiembre de mil novecientos sesenta.- LUIS A. SOMOZA D.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la Ley, Ignacio Román Pacheco.
Observación: Título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1163, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 217 del 29 de noviembre de 2023.