(EMITIR Y FIRMAR BONOS DEL TESORO)
ACUERDO MINISTERIAL No. 35-99, Aprobado el 14 de Julio de 1999
Publicado en La Gaceta No.137 del 20 de Julio de 1999
EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
Que conforme los Artículos 10, 14 y 60 de la Ley Orgánica del Banco Central de Nicaragua, este Ministerio está obligado al reconocimiento de las Pérdidas Cambiarias del Banco Central de Nicaragua.
RESUELVE
Emitir y Firmar Bono del Tesoro bajo los siguientes términos y condiciones:
Monto........................................C$1,933,777,527.00
Tasa de Interés:........................ .No devengará Tasa de Interés.
Plazo:........................................40 años.
Características:...........................Sin mantenimiento de valor.
Forma de Pago:..........................Con utilidades del BCN y/ lo efectivo a su vencimiento.
El presente Acuerdo se emite a los catorce días del mes de Julio de mil novecientos noventa y nueve, para su publicación por cualquier medio escrito del país, incluyendo el Diario Oficial La Gaceta. ESTEBAN DUQUE ESTRADA. Ministro de Hacienda y Crédito Público.