Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN “COLECTIVO DE MUJERES DE MATAGALPA”

DECRETO A. N. N°. 186, aprobado el 30 de marzo de 1990

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 68 del 05 de abril de 1990

Decreto A. N. N°. 186

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto:

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica al “Colectivo de Mujeres de Matagalpa” Asociación civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Matagalpa.

Arto. 2.- La Representación Legal de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior.

Arto. 3.- Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica y demás Leyes de la República.

Arto. 4.-El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta días del mes de Marzo de mil novecientos noventa, “Año de la Paz y la Reconstrucción”.- Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto, publíquese y ejecútese.-Managua, treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa, “Año de la Paz y la Reconstrucción”.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.
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