Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(ORGANIZAR LA DELEGACIÓN OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA QUE PARTICIPARÁ EN EL “SEXTO PERÍODO DE SESIONES DE LA CONFERENCIA DE LOS ESTADOS PARTES EN LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 145-2013, Aprobado el 1 de Julio de 2013

Publicado en La Gaceta No. 128 del 10 de Julio de 2013

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Organizar la Delegación Oficial de la República de Nicaragua que participará en el “Sexto Período de sesiones de la Conferencia de los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, a realizarse del 17 al 19 de julio del presente año, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, la que estará Presidida por S.E. María Rubiales de Chamorro, Viceministra de Relaciones Exteriores y Embajadora, Representante Permanente de la República de Nicaragua ante la Organización de las Naciones Unidas. Y Delegados: Compañero Jasser Aristidis Jiménez Echegoyen, Primer Secretario de la Misión Permanente de la República de Nicaragua ante la Organización de las Naciones Unidas, y Compañera María Clarisa Solórzano Gutiérrez, Segunda Secretaria de la Misión Permanente de la República de Nicaragua ante la Organización de las Naciones Unidas.

Artículo 2. La Certificación de este Acuerdo faculta a la delegación de suficiente credencial para acreditar sus Representaciones.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de la presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día uno de julio del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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