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Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Materia: S/Definir

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LA SUSCRITA MINISTRA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, MARÍA AMELIA CORONEL KINLOCH, ACUERDA POR DISOLUCIÓN VOLUNTARIA DE MIEMBROS, APROBAR LA CANCELACIÓN DE PERSONALIDAD JURÍDICA DE 07 ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO

ACUERDO MINISTERIAL N°. 31-2024-OSFL, aprobado el 20 de junio de 2024

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 113 del 24 de junio de 2024

Acuerdo Ministerial No. 31-2024-OSFL

La suscrita Ministra del Ministerio del Interior de la República de Nicaragua, María Amelia Coronel Kinloch, acuerda por Disolución Voluntaria de miembros, aprobar la Cancelación de Personalidad Jurídica de 07 Organismos sin Fines de Lucro.

Considerado

I

Que el artículo 13 de la Ley N°. 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” expresa que: “Cada Ministerio en el ámbito de su competencia es el órgano delegado del Poder Ejecutivo, para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las Leyes”. Por su parte el artículo 27 del Decreto No. 71-98 reformado por el Decreto N°. 25-2006, “Reformas y Adiciones al Decreto N°. 71-98 Reglamento de la Ley N°. 290; Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, en su parte conducente íntegra y literalmente dice: “Ministros. Los Ministros tienen jurisdicción en toda la República, en el ámbito de su competencia. Sus funciones son permanentes y ejercen la autoridad sobre las dependencias, funcionarios y empleados de su cartera...”

II

El Ministerio del Interior es el encargado de garantizar el cumplimiento de la Ley 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”, de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructura del Ministerio del Interior, así mismo es facultad del Ministerio del Interior la constitución, autorización, regulación, funcionamiento, disolución, liquidación, supervisión, sanción y cancelación de Personalidad Jurídica de los Organismos sin Fines de Lucro, de conformidad al artículo 3 de la Ley 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro”; artículo 1 de la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”; artículo 3 numeral 1 y artículo 4 del Reglamento de la Ley N°. 1115.

III

Que los siguientes organismos, solicitaron al Ministerio del Interior, Dirección General de Organismos sin Fines de Lucro, la Cancelación de su Personalidad Jurídica por Disolución Voluntaria de sus miembros, fundamentando su solicitud en el artículo 42, numerales 1, 3 y 4; y artículo 47, numeral 1, de la Ley No. 1115 “Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro” y sus reformas:

1. Asociación Studio Danza Ilusiones (ASDI), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 2194, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 114, del 16/06/1999, e inscrita desde el 10/05/2001, con número perpetuo 1904, solicitó mediante Escritura Pública No. 55 de Protocolización de Acta No. 19 de Asamblea General Extraordinaria del 17/06/2024, disolución voluntaria por falta de proyectos para continuar con los fines y objetivos de la Asociación.

2. Fundación Nicarao Lake Resort, Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 2984, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 137, del 20/07/2001, e inscrita desde el 26/11/2001, con número perpetuo 2034, solicitó el 28/05/2024, disolución voluntaria por estar inactiva y no tener miembros.

3. Asociación Salvadoreña Nicaragüense para el Desarrollo (SALNICA), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 7118, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 32, del 19/02/2013, e inscrita desde el 23/04/2013, con número perpetuo 5631, solicitó el 28/05/2024, disolución voluntaria por encontrarse inactiva y disminución de sus miembros.

4. Fundación Santuario Nuestra Señora de Lourdes (Fundación Santuario de Lourdes), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 8141, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 211, del 09/11/2016, e inscrita desde el 12/12/2016, con número perpetuo 6484, solicitó el 28/05/2024, disolución voluntaria por estar inactiva y no contar con miembros.

5. Asociación de Obras Sociales Sor María Romero (Obras Sor María), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 1105, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 225, del 29/11/1995, e inscrita desde el 15/11/2001, con número perpetuo 2023, solicitó mediante Escritura Pública No. 81 de Asamblea General Extraordinaria del 23/05/2024, disolución voluntaria por falta de recursos económicos, no ejecutar proyectos y por problemas de salud de sus miembros.

6. Asociación Cristiana “Jesús Está Vivo”, Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 5895, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 226, del 27/11/2009, e inscrita desde el 22/12/2009, con número perpetuo 4538, solicitó el 28/05/2024 disolución voluntaria debido a que la Asociación se encuentra inactiva y por disminución de sus miembros.

7. Fundación Programa de Brigadistas y Parteras de Salud Comunitaria de Villanueva (PROGRAMA DE BRIGADISTAS Y PARTERAS), Personalidad Jurídica sin fines de lucro otorgada mediante Decreto No. 3782, publicado en Gaceta Diario Oficial No. 30, del 12/02/2004, e inscrita desde el 13/08/2004, con número perpetuo 2825, solicitó mediante Acta No. 27 de Asamblea General Extraordinaria del 16/05/2024, disolución voluntaria por no tener fondos para cubrir gastos y dar seguimiento al propósito para el que fue creada la Fundación.

POR TANTO

En uso de las facultades conferidas en la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” y sus Reformas, la Ley N°. 1184 “Ley que establece las Funciones y Estructuras del Ministerio del Interior”, Ley N°. 1115, Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro, su Reglamento y la Ley N°. 1127 “Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 1115 y de Reformas a la Ley N°. 522, Ley General del Deporte, Educación Física y Recreación Física”, la suscrita Ministra;

ACUERDA

PRIMERO: Aprobar, por Disolución Voluntaria la Cancelación de Personalidad Jurídica de los 07 organismos sin Fines de Lucro, acordada por los miembros que los integran.

SEGUNDO: Se ordena a la Dirección General de Registro y Control de Organismos sin Fines de Lucro del Ministerio del Interior, proceder a la cancelación del Registro y número perpetuo asignado a los 07 organismos.

Dado en la ciudad de Managua, a las cuatro y treinta minutos de la tarde del día veinte de junio del año dos mil veinticuatro, (f) María Amelia Coronel Kinloch, Ministra del Ministerio del Interior.
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