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Sin Vigencia
(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN RUBÉN DARÍO PARA EL DESARROLLO HUMANO, FUPADE)
DECRETO A.N. N°. 2005, aprobado el 20 de agosto de 1998
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 177 del 22 de septiembre de 1998
DECRETO A.N. N°. 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la FUNDACIÓN RUBÉN DARÍO PARA EL DESARROLLO HUMANO, FUPADE, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Darío, Departamento de Matagalpa.
Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.
Arto. 3. La Fundación Rubén Darío para el Desarrollo Humano, FUPADE, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y ocho, - IVÁN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional- NOEL PEREIRA MAJANO, Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO;
Publíquese y ejecútese. Managua, siete de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho,- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.