Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO JUVENIL”)

DECRETO A.N. N°. 4101, aprobado el 10 de diciembre de 2004

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 55 del 18 de marzo de 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

HA DICTADO:

El siguiente:

DECRETO:

Arto. 1 Otórgase Personalidad Jurídica a la “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO JUVENIL”, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Managua.

Arto. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3 La “ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO JUVENIL”, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Diciembre del año dos mil cuatro. CARLOS NOGUERA PASTORA, PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL.- MIGUEL LOPEZ BALDIZON, SECRETARIO DE LA ASAMBLEA NACIONAL.

Por tanto. Publíquese y Ejecútese. Managua, once de enero del año dos mil cinco. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua.
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