Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PROCEDA AL PAGO DEL INCREMENTO DE RECURSOS ADOPTADOS EN LA RESOLUCIÓN N°. 248 DE LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO (AIF) DEL BANCO MUNDIAL)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 118-2023, aprobado el 20 de julio de 2023

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 134 del 26 de julio de 2023

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 118-2023

El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, proceda al pago del incremento de recursos adoptados en la Resolución N°. 248 de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Banco Mundial, titulada “Adiciones a los recursos: Vigésima Reposición” del 31 de marzo de 2022, pago confirmado al Banco Mundial por el Gobierno de la República de Nicaragua en Instrumento de Compromiso, bajo las condiciones de la Resolución antes referida.

Artículo 2. El valor total del incremento de votos, equivale a Doscientos Treinta y Tres Mil Quinientos Quince Córdobas (C$233,515.00), correspondiente a Doscientos Sesenta y Seis (266) nuevos votos de suscripción como país miembro de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Banco Mundial.

Artículo 3. La certificación de este Acuerdo acredita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para la ratificación del proceso y autorización del pago al Banco Mundial del valor del incremento de recursos en los términos y condiciones relacionados en el artículo 1 y previamente propuestos por la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Banco Mundial al Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Artículo 4. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día veinte de julio del año dos mil veintitrés. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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