Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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ACLARACIÓN A INC. A) DE DECRETO No. 21 DE 14 DE OCTUBRE DE 1967 RELATIVO PRIVILEGIOS A VARIAS PLANTAS INDUSTRIALES

Decreto No. 141 -MEIC de 10 de marzo de 1975

Publicado en La Gaceta No. 68 de 21 de marzo de 1975

El Presidente de la República,

en uso de las facultades que le confiere la Ley,

Decreta:
 
  Primero: Aclarar el inciso a) del Decreto No. 21 del 14 de octubre de 1967, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 241 del 24 del mismo mes y año, en el sentido de que donde se lee: "renta" debe leerse: "Venta".

Segundo: El presente Decreto por su carácter de aclaratorio, surtirá sus efectos legales desde la fecha de vigencia del Decreto que se aclara y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial, para fines de Ley.

Dado en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a los diez días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cinco.- A. SOMOZA D., Presidente de la República.- Juan José Martínez L., Ministro de Economía, Industria y Comercio.
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