Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Enlace al Reglamento:
Categoría normativa: Leyes
Materia: S/Definir

Enlace a Legislación Relacionada

PRORROGASE POR UN AÑO MAS LEY DE INQUILINATO

LEY N°. 1871 de 29 de Julio de 1971

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 186 de 18 de agosto de 1971

El Presidente de la República,
a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1.-Prorrógase por el término de un año, a partir de la fecha de su vencimiento, las disposiciones del Decreto Legislativo No. 281 que comprende la Ley de inquilinato, publicado en "La Gaceta" Diario Oficial No. 248 del 1 de noviembre de 1957, prorrogado por Decreto No. 362, publicado en "La Gaceta" No. 248 de 29 de octubre de 1958; No. 441, publicado en "La Gaceta" No. 203 de 7 de septiembre de 1959; No, 546 publicado en "La Gaceta" No. 293 de 22 de diciembre de 1960; No. 642, publicado en "La Gaceta" No. 287 de 18 de diciembre de 1961; No.774, publicado en "La Gaceta" No. 261 de 15 de noviembre de 1962; No. 878, publicado en "La Gaceta" No. 263 de 16 de noviembre de 1963; No. 1029, publicado en "La Gaceta", No. 258 de 11 de noviembre de 1964; No. 1123, publicado en "La Gaceta", No. 239 de 22 de octubre de 1965; No. 1234, publicado en "La Gaceta", No. 244 de 26 de octubre de 1966; No. 1397, publicado en "La Gaceta", No. 247 de 31 de octubre de 1967; No. 1489, publicado en "La Gaceta", No. 214 de 19 de septiembre
de 1968; No.1657, publicado en "La Gaceta" No. 285 de 11 de diciembre de 1969 y No. 1763, publicado en "La Gaceta", No. 282 de 10 de diciembre de 1970.

Artículo 2.-Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, Distrito Nacional, 29 de julio de 1971.- Orlando Montenegro Medrano, D.P.- Francisco Urbina Romero, D.S.- Adolfo González Baltodano, D.S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D.N., 2 de agosto de 1971.- Cornelio H. Hueck, S.P.- Pablo Rener, S.S.- Adrián Solórzano C., S.S.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., cuatro de agosto de mil novecientos setenta y uno. - A. Somoza, Presidente de la República.- M. Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa