Normas Jurídicas de Nicaragua
Enlace al Reglamento:
Materia: Cultura
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada

REFORMA A LA LEY CREADORA DE LA EDITORIAL NUEVA NICARAGUA

DECRETO EJECUTIVO N°. 494, aprobado el 22 de febrero de 1990

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 41 del 27 de febrero de 1990

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1.- Se reforma los Artos. 2, 3 y 4 del Decreto No. 616 publicado en La Gaceta N°. 7 del día 12 de Enero de 1981, los cuales se leerán así:

Artículo 2.- La Editorial Nueva Nicaragua estará adscrita a la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, de quien dependerá directamente.

Artículo 3.- La administración de la Editorial Nueva Nicaragua (ENN) estará regida por un Consejo Editorial el cual estará integrado en la forma que la Junta Universitaria determine.

Artículo 4.- La Editorial Nueva Nicaragua tendrá un Director Ejecutivo nombrado por el Consejo Editorial. El Director Ejecutivo nombrará al personal técnico y administrativo necesario".

Artículo 2.- La presente Reforma entra en vigencia hoy, a partir de su divulgación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de Febrero de mil novecientos noventa. "Año de la Paz y la Reconstrucción". Daniel Ortega Saavedra, Presidente .
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.