Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA LAS DOLORES R.L. (COOPEDOL R.L)]

RESOLUCIÓN N°. 001-2022-PJ-JI-MEFCCA, aprobada el 01 de febrero de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 41 del 02 de marzo de 2022

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Departamental de JINOTEGA del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 0042 se encuentra la Resolución No. 001-2022-PJ-JI-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 001-2022-PJ-JI-MEFCCA, Jinotega, uno de Febrero del año dos mil veintidós, las ocho de la mañana, en fecha once de Enero del año dos mil veintidós, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA LAS DOLORES R.L. (COOPEDOL R.L) con domicilio social en el Municipio de Jinotega, departamento de Jinotega. Se constituye a las tres de la tarde del día uno de Septiembre del año dos mil veintiuno. Se inicia con treinta (30) asociados, veintiuno (21) hombres, nueve (9) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$18,000 (dieciocho mil córdobas netos) y un capital pagado de C$ 4,500 (cuatro mil quinientos córdobas netos). Esta delegación departamental, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 91-2007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA LAS DOLORES R.L. (COOPEDOL R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Elvin Antonio Gonzalez García; Vicepresidente (a): Victoria Del Carmen Urrutia Salgado; Secretario (a): Damaris Del Socorro Sobalvarro Sobalvarro; Tesorero (a): Saúl Salgado Picado; Vocal: Jesmer Missahel López Rizo. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a José Ramón Berríos, Delegado Departamental. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los uno días del mes de Febrero del año dos mil veintidós. (f) José Ramón Berríos Delegado Departamental.
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