Normas Jurídicas de Nicaragua
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA QUE, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, SUSCRIBA CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) UN “CONTRATO DE GARANTÍA” PARA EL CONTRATO DE PRÉSTAMO QUE FINANCIA EL “PROYECTO SISTEMA DE INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA PARA LOS PAÍSES DE AMÉRICA CENTRAL (SIEPAC)” EL CUAL SERÁ EJECUTADO POR LA EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (ENATREL))

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 208-2010, Aprobado el 10 de Septiembre de 2010

Publicado en La Gaceta No. 176 del 16 de Septiembre de 2010

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

I
Que el Gobierno de la República de Nicaragua ha solicitado el apoyo al Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para que otorgue un financiamiento Adicional para financiar el “Proyecto Sistema de Interconexión Eléctrica para los países de América Central (SIEPAC)” para solventar el incremento de los sobrecostos correspondiente a la parte de Nicaragua, otorgados en el contrato de préstamo No.1096/SF-NI, suscrito por ENATREL el 19 de marzo de 2002.
II

Que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), otorgará un préstamo concesional de cuatro millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$4,500.000.00) a la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL), con un respaldo de un “Contrato de Garantía”, para financiar el “Proyecto Sistema de Interconexión Eléctrica para los países de América Central (SIEPAC), que tiene como objeto facilitar la comercialización de la energía (hasta 300MW) cumpliendo con los criterios de seguridad y confiabilidad operativos establecidos para el Sistema Eléctrico Regional, evitando interrupciones del servicio tanto a nivel nacional como regional y generará condiciones que permitan avanzar en un cambio en la matriz energética que contribuya a mejorar las condiciones de mitigación del cambio climático.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) un “Contrato de Garantía” para el Contrato de Préstamo que financia el “Proyecto Sistema de Interconexión Eléctrica para los países de América Central (SIEPAC)” por un monto de US$4,500,000.00 como financiamiento adicional, el cual será ejecutado por la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL).

Artículo 2. La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro de Hacienda y Crédito Público para la suscripción del Contrato de Garantía relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo.

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día diez de Septiembre del año dos mil diez. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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