Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA SUSCRIBIR CONVENIO DE CRÉDITO CON EL REINO DE ESPAÑA)

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 315-2003. Aprobado el 25 de Agosto del 2003.

Publicado en La Gaceta 165 de 1 de Septiembre del 2003.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,


En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA :

Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, Licenciado Eduardo Montealegre Rivas, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, pueda suscribir con el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO), Convenio de Crédito por un monto de Diez Millones Novecientos Setenta y Cinco Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 10,975,000), para financiar el proyecto de abastecimiento de agua potable para la ciudad de Bluefields y plantas de tratamiento para ocho localidades en situación de emergencia.

Artículo 2.- La transcripción de este Acuerdo servirá para la Acreditación de la representación para la firma del Convenio de Crédito, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados con el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España (ICO).

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticinco de Agosto del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.- Presidente de la República de Nicaragua.

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