Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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[APRUÉBESE LA INSCRIPCIÓN Y OTÓRGUESE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA COOPERATIVA AGROPECUARIA DE SERVICIOS MÚLTIPLES “INDIAN PAWANKA” R.L (CASEMIP R.L)]

RESOLUCIÓN N°. 003-2022-PJ-RCCN-MEFCCA, aprobada el 14 de noviembre de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 08 del 18 de enero de 2023

El Ministerio de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa en uso de las facultades que le confiere la Ley 290

CERTIFICA

Que en el Tomo I del Libro de Resoluciones de Personalidad Jurídica que lleva la Delegación Regional de la RACCN del Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y Asociativa, en el Folio 035 se encuentra la Resolución No. 003-2022-PJ-RCCN-MEFCCA, la que íntegra y literalmente dice: Resolución No. 003-2022-PJ-RCCN-MEFCCA, Región Autónoma Costa Caribe Norte, siete de Noviembre del año dos mil veintidós, las once de la mañana, en fecha trece de Octubre del año dos mil veintidós, presentó solicitud de inscripción de Personalidad Jurídica la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE SERVICIOS MÚLTIPLES “INDIAN PAWANKA” R.L(CASEMIPR.L) con domicilio social en el Municipio de Puerto Cabezas, de la Región Autónoma Costa Caribe Norte. Se constituye a las diez de la mañana del día once de Octubre del Autónoma Costa Caribe Norte. Se constituye a las diez a las diez de la mañana del día once de Octubre del año dos mil veintidós. Se inicia con once (11) asociados, siete (7) hombres, cuatro (4) mujeres, cero (0) personas jurídicas, con un capital suscrito de C$5,500 (cinco mil quinientos córdobas netos) y un capital pagado de C$3,565 (tres mil quinientos sesenta y cinco córdobas netos). Esta delegación regional, con base en las facultades que les han sido otorgadas por la ley 906, artículo 33 inciso 4) ha realizado estudio a dicha solicitud verificando el cumplimiento de los artículos 20, 23 de la Ley 499 Ley General de Cooperativas de Nicaragua y de los artículos 5, 6, 8 y 9 del Decreto No. 912007 Reglamento de la Ley General de Cooperativas y declara procedente; por tanto, Resuelve: Apruébese la inscripción y otórguese la Personalidad Jurídica a la COOPERATIVA AGROPECUARIA DE SERVICIOS MÚLTIPLES “INDIAN PAWANKA” R.L (CASEMIP R.L) con el siguiente Consejo de Administración Provisional: Presidente (a): Hans Uriel Busbe Emilio; Vicepresidente (a): Karen Carolina Félix Thomas; Secretario (a): Presly Coleman Alejandro; Tesorero (a): Farron Clinton Lingtong Gómez; Vocal: Charleth Cruz Flores. Certifíquese la presente Resolución, razónense los documentos y devuélvanse las copias a los interesados, archivándose el original en esta oficina. Publíquese la Certificación que de la presente se libre, en el Diario Oficial La Gaceta. Firma perteneciente a Ali Waters Garth, Delegado Regional. (Hay un sello). Es conforme con su original con el que debidamente fue cotejado a los catorce días del mes de Noviembre del año dos mil veintidós, (f) Ali Waters Garth Delegado Departamental.
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