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RATIFICACIÓN DE CONVENIOS ADOPTADOS POR LA O.I.T. EN GINEBRA
DECRETO EJECUTIVO N°. 6, aprobado el 22 de agosto de 1967
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 202 del 05 de septiembre de 1967
El Presidente de la República,
Decreta:
Primero: Ratificar los siguientes Convenios adoptados por la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra:
No. 87 Convenio Relativo a la Libertad Sindical y a la Protección del Derecho de Sindicación.
No. 98 Convenio Relativo a la Aplicación de los Principios del Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva.
No. 100 Convenio Relativo a la Igualdad de Remuneración entre la Mano de Obra Masculina y la Mano de Obra Femenina por un trabajo de Igual Valor.
No. 105 Convenio Relativo a la Abolición del Trabajo Forzoso.
No. 111 Convenio Relativo a la Discriminación en Materia de Empleo y Ocupación.
Segundo: Expídanse los correspondientes Instrumentos de Ratificación para ser comunicados, para su Registro, al Director General de la Organización Internacional del Trabajo OIT.
Comuníquese: Casa Presidencial Managua, Distrito Nacional, Veintidós de Agosto del mil novecientos sesenta y siete, Año Rubén Darío.- A. SOMOZA D.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la Ley, Leandro Marín Abaunza.