Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Declaraciones
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EN APOYO Y SOLIDARIDAD A LA HUMANIDAD Y A LA SALUD DEL PRESIDENTE DE VENEZUELA HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS

DECLARACIÓN A.N. N°. 12-2012, aprobada el 12 de diciembre de 2012

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 239 del 13 de diciembre de 2012

EN APOYO Y SOLIDARIDAD A LA HUMANIDAD Y A LA SALUD DEL PRESIDENTE DE VENEZUELA HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el mandatario venezolano Hugo Rafael Chávez Frías, Líder de la Revolución Bolivariana, desde el año dos mil once ha estado batallado por su vida, sacrificando su bienestar personal y familiar en actitud digna de un líder político, que ha demostrado amor a su patria venezolana y a los Pueblos de América Latina.

II

Que los lazos de amistad y de cooperación que unen a los pueblos de la República Bolivariana de Venezuela y Nicaragua, destacan la importancia de esta relación fundada desde las genuinas luchas de Bolívar y de Sandino por la liberación de nuestros pueblos.

III

Que por medio de esta Declaración el pueblo de Nicaragua desea expresar su solidaridad al mandatario venezolano y unirse a las oraciones, pronunciamientos y mensajes de todas las naciones y personalidades del Mundo por la sanación, fortaleza y bendición para el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere el artículo 138 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y el artículo 89 de la Ley No. 606, “Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua”.

DECLARA:

PRIMERO: Saludar en nombre de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua al Presidente, hermano, compañero y líder de la Revolución Bolivariana, Hugo Rafael Chávez Frías.

SEGUNDO: Externar el sentimiento de nuestro pueblo por la plena recuperación de la salud del Presidente Hugo Rafael Chávez Frías y desearle buenas nuevas en esta batalla por la vida.

TERCERO: Expresar la solidaridad, apoyo y fortaleza de los y las nicaragüenses al comandante Hugo Rafael Chávez Frías, a los miembros de su familia, a sus amigos, al Gabinete de Gobierno y al pueblo de Venezuela.

CUARTO: Manifestar nuestro acto de fe y unión a las plegarias y oraciones elevadas al Altísimo por los pueblos Latinoamericanos y del Mundo en favor de la sanidad del Presidente venezolano Hugo Rafael Chávez Frías.

QUINTO: Envíese un ejemplar de la presente Declaración a la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela acreditada en Nicaragua.

SEXTO: Publíquese esta Declaración en La Gaceta, Diario Oficial. Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua a los doce días del mes de diciembre del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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