Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera

Sin Vigencia

TRANSFERENCIA DE PARTIDA EN ECONOMÍA

DECRETO N°. 424, aprobado el 29 de junio de 1959

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 181 del 12 de agosto de 1959

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Ha sus habitantes

SABED

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente

DECRETO No. 424

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETAN

Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos vigente, la siguiente transferencia de Partidas del Ministerio de Economía:

DE: 0605 - 2802 Servicios Impersonales:
Alquileres C$ 6,600.00

A: 0601 - 2806 Mantenimiento de Equipos
e Inmuebles:
09 Vehículos C$ 6,600.00

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua, D. N., 25 de Junio de 1959. - (f) J. J. LUGO MARENCO, D. P. (f) J. CASTILLO A., D. S. - (f) A. MARTINEZ, D. S.

Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado, Managua, D. N., 29 de Junio de 1959. - (f) CAMILO LOPEZ IRIAS, S. P. - CARLOS RIVERS DELGADILLO, S. S. - (f) ENRIQUE BELLI, S. S.

Por Tanto Ejecútese. - Casa Presidencial, Managua, D. N., 30 de Junio de 1959. - (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. - (f) KARL J. C. H. HUECK, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
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