Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Categoría normativa: Resoluciones
Abrir Gaceta
-
(MODIFICA ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN PARTE ll)
RESOLUCIÓN No. 126-2004(COMIECO) 19 DE Octubre del 2004

Publicada en La Gaceta No. 44 del 03 de Marzo del 2005
EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana - Protocolo de Guatemala, modificado por la Enmienda del 27 de febrero del 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica está conformado por el Ministro que en cada Estado parte tiene bajo su competencia los asuntos de la integración económica y subroga en sus funciones al Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano;

Que de conformidad con el artículo 15 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte se comprometen a constituir una Unión Aduanera entre sus territorios, la que se alcanzará de manera gradual y progresiva, sobre la base de programas que se establezcan al efecto, aprobados por consenso;

Que de acuerdo con el artículo 6 de ese mismo instrumento jurídico, el avance del proceso de integración hacia la Unión Económica se realizará mediante la voluntad de los Estados Parte, expresada conforme al artículo 52 del mismo instrumento, lo que significa que todos o algunos de los Miembros podrán avanzar con la celeridad que acuerden dentro de ese proceso;
POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 1, 3, 6, 7, 12, 13, 14, 15, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano; y 10, 36, 37, 38, y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana - Protocolo de Guatemala.
RESUELVE:

1. Aprobar las modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación en la Parte ll, para Guatemala, conforme se consigna en Anexo de la presente Resolución, el cual forma parte integrante del Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

2. La presente Resolución entrará en vigor inmediatamente y será publicada por los Estados Parte.

Comalapa, El Salvador, 19 de octubre de 2004. Manuel González Sanz, Ministro de Comercio Exterior de Costa Rica.- Yolanda Mayora de Gavidia, Ministra de Economía de El Salvador.- Enrique Lacs, Viceministro, en Representación del Ministro de Economía de Guatemala.- Norman García, Ministro de Industria y Comercio de Honduras- Alejandro Argüello, Viceministro, en Representación del Ministro de Fomento, Industria y Comercio de Nicaragua.

El infrascrito Director Ejecutivo de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) CERTIFICA Que la presente fotocopia y la que le antecede, así como una del anexo que le sigue, todas impresas únicamente en su anverso, rubricadas selladas con el sello de la SIECA, reproducen fielmente la Resolución No. 126-2004 (COMIECO), adoptada por el Consejo de Ministros de Integración Económica, el 19 de octubre de dos mil cuatro, de cuyo original se reprodujo. Y para remitir a los países para su correspondiente publicación, extiendo la presente copia certificada en la ciudad de Guatemala, el veintidós de octubre de dos mil cuatro. Alfonso Pimentel, Director Ejecutivo

Nota: Ver anexo de esta resolución en la pagina 1718 en La Gaceta No. 44 del 03 de Marzo del 2005.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.