Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera
(SE AUTORIZA TRANSFERENCIA PRESUPUESTARIA)
DECRETO No. 293 Aprobado el 06 de Diciembre de 1957

Publicado en La Gaceta No. 26 del 31 de Enero de 1958

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

a sus habitantes,

SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua
DECRETAN:

Artículo 1o: Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos vigente las siguientes transferencias de partida:

De:

1209 0101 Asignaciones Personales, Sub-rubro Viáticos y Asignaciones para Representaciones C$ 1.250.00

A:

1209-0106 Mantenimiento de Equipo e Inmuebles, sub-rubro Vehículos C$ 1.250.00

Artículo 2o.- Este Decreto entrará en vigor desde su publicación en « La Gaceta », Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., diciembre 6, 1957.-(f) ULISES IRÍAS, DP.-(f) JSALVADOR CASTILLO, DS.-(f) F. MEDINA, DS.

Al Poder Ejecutivo.-Cámara del Senado, Managua, D. N., 16 de Enero de 1958.- CAMILO LÓPEZ IRÍAS, SP.-(f) PABLO RENER, SS.-(f)ENRIQUE BELLI CH., SS.

Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 18 de Enero de 1958.- (f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) KARL J. C. H. HÜECK, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público».
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