Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(DECRETO DE APROBACIÓN PARA LA SUSCRIPCIÓN DE 2653 ACCIONES ADICIONALES DE LAS CUALES 1791 SON ACCIONES DEL CAPITAL GENERAL (AGC) Y 862 SON ACCIONES DEL CAPITAL SELECTIVO (ASC) CON LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (IFC), SEGÚN LA RESOLUCIÓN N°. 272 TITULADA AUMENTO GENERAL DEL CAPITAL (AGC) Y LA RESOLUCIÓN N°. 271 TITULADA AUMENTO SELECTIVO DEL CAPITAL (ASC) DE LA JUNTA DE GOBERNADORES APROBADA EL 16 DE ABRIL DE 2020)

DECRETO A.N.N°. 8830, aprobado el 3 de octubre de 2022

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 185 del 4 de octubre de 2022

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial N°. 18-2022 publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 35 del 22 de febrero de 2022, el Viceministro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribirá 2653 Acciones Adicionales con la Corporación Financiera Internacional (IFC), de las cuales 1791 son acciones del Capital General (AGC) y 862 son acciones del Capital Selectivo (ASC).

II

Que, mediante las 2653 acciones adicionales aprobadas para Nicaragua, por la Junta de Gobernadores mediante las Resoluciones tituladas: Aumento General y Selectivo del Capital de 2018 en los términos y condiciones establecidos en los párrafos 2 y 4 de la Resolución N°. 272 (AGC) y en los párrafos 3 y 5 de la Resolución N°. 271 (ASC), en donde se contempla la asignación de las acciones no suscritas para los países miembros y se detallan los procedimientos que deberán seguir para formalizar sus respectivas suscripciones.

III

Nicaragua con el propósito de cumplir con los requisitos jurídicos y hacer efectiva la suscripción de 2653 acciones adicionales de las cuales 1791 son Acciones del Capital General (AGC) y 862 son Acciones del Capital Selectivo (ASC) de la Corporación Financiera Internacional (IFC), asignadas a Nicaragua conforme a la Resolución N°. 272 y Resolución 271, conviene en pagar el número total de acciones de conformidad con las condiciones establecidas en dichas resoluciones.

POR TANTO

En uso de sus facultades

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO A. N. N°. 8830

DECRETO DE APROBACIÓN PARA LA SUSCRIPCIÓN DE 2653 ACCIONES ADICIONALES DE LAS CUALES 1791 SON ACCIONES DEL CAPITAL GENERAL (AGC) Y 862 SON ACCIONES DEL CAPITAL SELECTIVO (ASC) CON LA CORPORACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL (IFC), SEGÚN LA RESOLUCIÓN N°. 272 TITULADA AUMENTO GENERAL DEL CAPITAL (AGC) Y LA RESOLUCIÓN N°. 271 TITULADA AUMENTO SELECTIVO DEL CAPITAL (ASC) DE LA JUNTA DE GOBERNADORES APROBADA EL 16 DE ABRIL DE 2020.

Artículo 1 Apruébese suscribir entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), en nombre y representación de la República de Nicaragua y la Corporación Financiera Internacional (IFC) las 2653 acciones adicionales por un monto de Dos Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Dólares de los Estados Unidos (US$ 2,653,000.00), de las cuales 1791 son acciones del Capital General (AGC) con un valor de un Millón Setecientos Noventa y Un Mil Dólares de los Estados Unidos (US$ 1,791.000.00) Y 862 SON ACCIONES DEL Capital Selectivo (ASC) con un valor de Ochocientos Sesenta y Dos Mil Dólares de los Estados Unidos (US$862,000.00), serán pagaderas en efectivo mediante cuotas; dichas acciones fueron aprobadas por la Junta de Gobernadores de la Corporación Financiera Internacional (IFC), mediante la Resolución Nº. 272 titulada "Aumento General del Capital de 2018" (Resolución AGC) y la Resolución Nº. 271 titulada "Aumento Selectivo del Capital de 2018" (Resolución ASC) en las cuales se contempla la asignación de las acciones no suscritas para los países miembros y se detallan los procedimientos que deberán seguir para formalizar sus respectivas suscripciones.

Artículo 2 La fecha límite de suscripción para el AGC y el ASC se extiende hasta el 15 de abril de 2023, en cuanto a la fecha límite de pago para las acciones ASC se extiende al 15 de abril de 2023 y para las acciones AGC se extiende hasta el 15 de abril de 2025, por lo que Nicaragua deberá pagar según el Anexo D, en efectivo mediante cuotas, conforme a la Resolución Nº. 272 y a la Resolución Nº. 271, correspondiente a un total de 2653 acciones, las que individualmente tienen un valor de Mil Dólares de los Estados Unidos (US$1,000.00), y todas en su conjunto ascienden a un monto total de Dos Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Dólares de los Estados Unidos (US$2,653,000.00). Dicho pago deberá estar programado en el Presupuesto General de la República de Nicaragua al momento de su pago.

Artículo 3 El Presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional en la ciudad de Managua a los tres días del mes de octubre del año dos mil veintidós. Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.
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