Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sector Energético y Minero, S/Definir, Municipal
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(CONTRATO DE PRÉSTAMO POR EL MONTO DE U$ 32,700,000.00 ENTRE EL BID Y NICARAGUA PARA FINANCIAR EL “PROYECTO DE APOYO AL SECTOR ELÉCTRICO”)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 456-2007, Aprobado el 10 de Diciembre del 2007

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 244 del 19 de Diciembre del 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el Gobierno de Nicaragua está realizando importantes inversiones para contribuir al mejoramiento de condiciones de cantidad, confiabilidad y calidad del suministro de energía que el crecimiento de la economía nicaragüense requiere. Para esto, tiene como objetivo específico realizar inversiones necesarias en transmisión, transformación y rehabilitación de plantas de generación para asegurar e incrementar la confiabilidad del suministro actual y enfrentar la demanda de mediano plazo, el fortalecimiento institucional del sector público en el corto plazo que permita sostener y mejorar las condiciones del servicio eléctrico en el país.
II

Que el Gobierno de Nicaragua ha solicitado al Banco Interamericano de Desarrollo (BID), financiar un “Programa de Apoyo al Sector Eléctrico” que apoyará las rehabilitaciones y expansiones de la red de transmisión de electricidad, la modernización de la principal planta pública de generación de electricidad, así como también el Proyecto Normalización del Servicio Eléctrico a Usuarios en Barrios Desprotegidos, con el propósito de mejorar la calidad del servicio eléctrico de los pobladores en los asentamientos, que actualmente obtienen el servicio de forma ilegal o legal.
III

Que el costo total del Programa está estimado en US$ 118,540,500.00, a ejecutarse en un período 2008-2011, contemplado en dos (2) Fases de las cuales en la Fase I, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aportará un monto de US$ 32,700,000.00. En la Fase II, aportará un monto de US$ 40,200,000, el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) con US$ 20,400,000.00, el Banco Europeo de Inversiones (BEI) con US$ 20,400,000.00 y una contrapartida local por US$ 4,840,600.00.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Contrato de Préstamo por un monto de Treinta y Dos Millones Setecientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 32,700,000.00), para financiar el “Proyecto de Apoyo al Sector Eléctrico”, que forma parte del Programa de Apoyo al Sector Eléctrico, Fase I, a ser ejecutado por la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) y el Ministerio de Energía y Minas (MEM).

Artículo 2.- La certificación de este Acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del Contrato de Préstamo relacionado en el artículo anterior, cuyos términos han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3.- El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil siete. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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