Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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ELÉVASE A CATEGORÍA DE CIUDAD AL PUEBLO DE POSOLTEGA, CHINANDEGA

DECRETO LEGISLATIVO N°. 1416, aprobado el 07 de diciembre de 1967

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 13 del 16 de enero de 1968

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

DECRETO N°. 1416

LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Artículo 1.- Elévase a categoría de ciudad el actual pueblo de Posoltega, situado en jurisdicción del Departamento de Chinandega, para que disfrute de todos los privilegios que se les concede a las ciudades.

Artículo 2.- Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en “La Gaceta” Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N. dieciséis de Noviembre de mil novecientos sesenta y siete.- “Año Rubén Darío”.- Adolfo Martínez Talavera, Diputado Presidente. - Fernando Zelaya Rojas, Diputado Secretario. - J. Alej. Romero C., Diputado Secretario.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 6 de Diciembre de 1967. - Cornelio Hüeck, S. P. - Pablo Rener, S. S. - Eduardo Rivas Gasteazoro, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., siete de Diciembre de mil novecientos sesenta y siete.- “Año Rubén Darío”. - A. SOMOZA D., Presidente de la República.- Vicente Navas A., Ministro de la Gobernación”.
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