Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Circular
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(CIRCULAR A ADMINISTRADORES DE RENTAS Y JEFES POLÍTICOS SOBRE AUTORIZACIÓN DE COBROS)

CIRCULAR No.486, Aprobada el 23 de Mayo de 1946

Publicada en La Gaceta No. 113 del 30 de Mayo de 1946

Managua, D. N., Mayo 23 de 1946

Señores Administradores de Rentas, y Jefes Políticos.
Toda la República.
Antes de autorizar con su Visto Bueno, recibos por cobros al Gobierno de Nicaragua, exija Ud. de los interesados, marcar en parte visible de dicho recibo los siguientes datos: Si es por sueldos, el número y fecha del acuerdo de nombramiento; si por Contratos, número y fecha de éste; y si por trabajos especiales, esta misma razón. Deducciones del cheque de pago, depende de estas aclaraciones, por lo que Ud. será responsable. Transcriba estas disposiciones a los Agentes Fiscales de su jurisdicción.

Avise estar entendido.
Emilio Pereira A.,
Presidente del Tribunal de Cuentas.
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